sábado, 12 de julio de 2008

Recuerdos de la muerte del Alte. Hermes Quijada a manos de asesinos terroristas

48 hs. Antes de que fuera acribillado el “Negro” Quijada, Alte. retirado de la armada por orden de Lanusse, mi padre estuvo cenando con él en el Centro Naval, ya que eran compañeros de camada, amigos y ambos aviadores navales.


La noche siguiente mi padre ceno en mi casa y nos contó la preocupación del Negro porque sabía que iban a matarlo ya que le había tocado a el, en su calidad de Jefe del Estado Mayor Conjunto, explicar públicamente lo sucedido en Trelew el 22 de Agosto. El Negro le había pedido a Gnavi, Comandante en Jefe de la Armada, que lo mantuvieran un tiempo mas en actividad porque así podía preservar mejor su vida, Gnavi se negó.

No vivía en su casa, dormía en diferentes lugares tan solo con la compañía de un Sargento que había sido su ayudante desde el grado de Cabo. Le explicó a mi padre que el único lugar en el que se sentía vulnerable era en el auto, por ello lo evitaba y caminaba o andaba en colectivo.


48 hs. después estaba yo de guardia en Banco Francés pagando el clearing, escuchando radio y tomando mate cuando se interrumpe la transmisión y se anuncia que el Alte. Hermes Quijada había sido asesinado dentro de su auto al salir de la casa donde había pasado la noche. Yo le di a mi padre la noticia.


Su velatorio se hizo en el edificio Libertad y al llegar Lanusse, un Capitán de Corbeta, en perfecta posición militar, luego de saludar al Señor Presidente, le hizo saber que no era bienvenido en ese edificio; adentro estaba el Alte. Rojas, quien hasta hacía poco había sido el Presidente del Consejo de Guerra que la Marina le hizo a Gnavi y lo condeno, condena que Lanusse dejo sin efecto por decreto en su calidad de Comandante en Jefe de las FFAA. Lanusse que era un tilingo pero no cobarde, entró igual y Rojas se retiro sin saludar y el entonces Capitán de Fragata Carlos Baubeau de Secondigné, compañero de mi padre y de Quijada fue el que recibió las condolencias de Lanusse quien se retiro inmediatamente.


Al Negro lo mataron en su auto tal como el suponía, no pudo sacar el seguro de la ametralladora que tenia con él en el asiento de atrás y lo acribillaron desde una moto.

Gnavi prohibió que mi padre dijera el discurso de despedida en su calidad de compañero de Camada y hablaron el Alte. Mayorga en su calidad de Comandante de la Aviación Naval y el Capital de Fragata Juan Maria Bonomi en nombre de sus Camaradas de Promoción.

Qué lejos y que cerca parecen esos tiempos, ¿no es verdad?


Enrique García-Mansilla

PS: Mi única duda pensándolo bien es si realmente fue Baubeau de Secondigné el que recibió a Lanusse o el Capital Martín Arana, lamentablemente Bonomi y Arana están muertos y Baubeau muy viejito, por lo demás el relato es fidedigno.


martes, 8 de julio de 2008

Legitimidad y legalidad

Ni la minoría legítima que llevo al FPV al poder merece que se la menosprecie con el engaño y distorsión de la realidad, ni la mayoría dispersa quedar excluida de las acciones de Gobierno.
Por Enrique García-Mansilla

No cabe ninguna duda que estamos en presencia de un Gobierno legitimo, que gano en el proceso electoral del año pasado con el 55% de los votos en contra, la dispersión de estos votos torna al FPV en un Gobierno que, con la concentración del 45% haya sido elegido para conducir el país.
Sobre esta base de legitimidad, no se tornan todos los actos de Gobierno en el encuadre de legalidad, porque, en la mayoría dispersa que no los voto, existen expectativas y expresiones políticas, económicas, sociales y educacionales que no están en la misma línea o giro que la que acompaño al FPV en su triunfo electoral.
Leer la realidad es percibir con madurez y realismo las circunstancias en las que se debe gobernar, legislar y administrar los recursos de la Nación.
Ni la minoría legítima que llevo al FPV al poder merece que se la menosprecie con el engaño y distorsión de la realidad, ni la mayoría dispersa quedar excluida de las acciones de Gobierno.
Si así fuera, en lugar de la máxima de A. Lincoln “gobierno del pueblo, para el pueblo y por el pueblo” la deberíamos sustituir por la Griega, que se daba en un contexto que a los únicos que alcanzaba era a los ciudadanos y quedaban afuera los esclavos.
No por surgir de una ley parlamentaria, la misma tiene características de legalidad. Aun aprobada por el parlamento una ley puede ser ilegitima e ilegal. La Constitución Nacional establece bien claro el funcionamiento de los tres poderes de República y, además, para evitar que el Ejecutivo avance sobre la sociedad mas allá de lo que ella establece, en forma expresa menciona que facultades son indelegables de un poder a otro, entre ellas la de fijar tributos, expresa atribución del Congreso, garantizándose así no solo la equidad sino también la discusión amplia y considerada de los mismos, esto es evitar la arbitrariedad.
La Democracia no es un sistema de Gobierno, es un sistema de vida política adoptado por una Nación para determinar su forma de establecer las reglas de juego, pero en nuestro caso, esa democracia está fundamentada en el sistema Republicano, Representativo y Federal, plasmado en una Constitución dictada con el acuerdo de todas las provincias, regiones o sectores de la comunidad que desean vivir bajo un mismo territorio, un mismo régimen político y conformar de esta forma una estructura soberana que llamamos Nación.
Hace referencia nuestra Constitución a las leyes que reglamentan su ejercicio, esa facultad legislativa del Parlamento, como la reglamentación del Ejecutivo a través de los Decretos es lo que se denomina la pirámide jurídica que le da jerarquía jurídica a cada uno de esos instrumentos. Estas leyes y decretos deben concebirse dentro de la letra y espíritu de la ley fundamental que es la Constitución, considerando no ya solo su letra sino su espíritu, que sobre la asignación de facultades a los tres poderes están los Derechos y Garantías de los Ciudadanos que no son delegables y a los cuales el Poder Judicial debe proteger, cada vez que las leyes, decretos y resoluciones debiliten, quiten, limiten o cancelen esos derechos que hacen a los individuos no solo iguales ante la ley, sino a la seguridad jurídica y a su libertad y capacidad de acción.
¿Puede la emergencia económica generar facultades especiales al Ejecutivo para legislar sobre los temas que la contengan?, obviamente que si, lo que no se puede es determinar sine die esta emergencia. Pudo ser coherente en el 2001/2002, pero jamás hoy luego de que los factores que la determinado han desaparecido. No hay acefalia política, no hay crisis económica, sino por el contrario una reversión de la misma, hay una reestructuración de la deuda externa, cuya atención está incluida en el Presupuesto de la Nación que anualmente el Ejecutivo requiere de aprobación parlamentaria, no hay conmoción interior, etc.
Por lo tanto, aquellas leyes, decretos leyes o resoluciones que fueran dictadas por gobiernos de facto, anteponiendo los Estatutos que se dictaron subordinando a la Constitución, no deberían ser la base de sustentación de decisiones ejecutivas, sino que el Congreso deberá retomar la plenitud de sus facultades, y evitar así que, el Ejecutivo reemplace su accionar, perfectamente establecido en la Constitución, es decir su indelegabilidad.
La Constitución Nacional ha establecido con toda claridad el rol de las Cámaras del Congreso. Diputados con la directa representación del pueblo, la de Senadores con la representación de las Provincias que integran la Nación, no debería haber dicotomía entre los intereses de los habitantes de las provincias y las provincias mismas, ya que la suma de los intereses individuales, en el sistema de representación proporcional, debería dar lugar al interés de las mismas.
No obstante ello, al estar vinculada la elección de diputados a los postulados de los partidos políticos y que los mismos sean arrastrados por la cabeza política de cada uno de ellos (lista sabana), no permite con claridad distinguir, al elegir, que rol tiene ese diputado o diputada, si la representación de sus votantes o los criterios de sus partidos, por lo tanto se diluye así, los intereses de los diversos sectores en los que está dividida la Nación.
Resulta más claro esto en el Senado, que si bien responden a un partido político, poseen la facultad de limitar al partido que representan en el avance sobre las facultades de su provincia a la hora de convalidar o sancionar leyes que, por su contenido avancen sobre las facultades que sus provincias no delegaron en los pactos preexistentes al dictado de la Constitución, esto es la construcción Federal de la Nación.
Por lo tanto, no existe en nuestra Constitución Nacional ningún artículo o disposición que consagre a la “obediencia debida” al Ejecutivo Nacional y si les impone el rol de preservar los derechos y garantías de sus propias Provincias cuando ellos son conculcados por la Nación.
En estos días la Cámara de Senadores de la Nación se abocara a tratar la Ley sobre Retenciones Móviles que acaba de aprobar Diputados, con un escaso margen de 7 votos. Esa Ley, en sus artículos 1,2 y 3, contiene expresas violaciones a la Constitución con drásticos efectos sobre el Federalismo, no importa que signo político la haya enviado al congreso o que poder del Estado sea su promotor.
Es nula, de nulidad insalvable porque delega facultades que la Constitución expresamente prohíbe, es confiscatoria no por la determinación de las alícuotas solamente, sino porque resta recursos para el cobro de impuestos coparticipables, por lo tanto limita, restringe y confisca recursos propios de las provincias, otorgándole a la Nación excedente de recursos que son propios de la provincias que integran la Nación. Si los Senadores votasen afirmativamente la ley, estarían contribuyendo a deteriorar los ingresos de sus provincias condenándolas a la pobreza o lo que es peor a la sujeción al Poder Central, para obtener los recursos que se les quita. Esto con independencia del color ideológico de cada Gobernador, ya que vía la caja estaríamos unificando ideológicamente a la Nación y fusilando la pluralidad ideológica, otro de los atributos de la Democracia.
Perón, fundador del Movimiento Nacional Justicialista y su expresión política el Partido Justicialista, tiene en los conceptos fundacionales una máxima que se ajusta a estos argumentos y principios que acabamos de desarrollar: “Primero la Patria, Después el Movimiento y por último los Hombres”, creo que no necesito ser exegeta de este postulado que integra la concepción Peronista de su accionar como partido político, dada la claridad indubitable de su contenido, no solo dialectico sino conceptual.
Por otra parte, como concepto esto debe guiar no solo a los integrantes del Partido Justicialista, sino a todos los partidos políticos en general, ya que esta máxima no hace otra cosa que decir en pocas palabras lo que la Constitución Nacional establece en su articulado. La Patria en el concepto peronista es la República, de allí que, con simplicidad la está poniendo por encima de cualquier otro valor, sea este partidario o personal. Deberá esto estar en la mente de los señores Senadores en los próximos días, al tener que entender en la Ley de Retenciones con media sanción de diputados.
Por último queda otro poder dentro del esquema Republicano es el Judicial que, a través de la Corte Suprema de Justicia debe velar por los desvíos o “agravios” promovidos contra la Constitución, y sus sentencias son inapelables en cuanto tienen el imperio para preservar con sus sentencias los Derechos y Garantías, como así también las delegaciones o legislación que reglamenten el ejercicio de los preceptos constitucionales.
Si este tema, que es de claridad meridiana llegara a sus estrados, estarían siendo los legisladores cómplices necesarios del Poder Ejecutivo, que sin pudor y respeto alguno por la división de poderes se subroga para sí, la intromisión indebida en el derecho de propiedad, base fundamental de la estructura constitucional, mantenido en todas las constituciones desde la de 1953 hasta su última reforma.
En nuestro país, básicamente Presidencialista, se dice que debe ser fuerte, fuerte no quiere decir poderoso, no quiere decir que esté por encima de sus pares, los otros poderes del Estado, quiere decir, apego a la ley, respeto por los principios rectores de la Constitución y, atender al bien público como actitud permanente de su accionar.
Ha quedado en evidencia que, salvo los fundamentalistas cercanos al Gobierno, la sociedad se ha mostrado preocupada por este tema de la retenciones, que han llevado a la PresidentA de la Nación y al Presidente del Partido Justicialista a generar un estéril enfrentamiento en la sociedad, y marginar a la Nación del progreso económico mundial, único y genuino camino para la generación de inversión, empleo y movilidad social.